Permiso de paternidad: ampliación a 4 semanas
Socio laboral
Fecha de publicación: 12/01/2017El permiso de paternidad en casos de nacimiento, adopción o acogida se ampliará a un mes a partir del 1 de enero de 2017, una medida aprobada por el Gobierno cuyo principal objetivo es favorecer la conciliación de la vida laboral y personal.
Con ello, se define la prestación por paternidad como el derecho del trabajador a percibir un permiso retribuido durante los días de suspensión del contrato de trabajo, o cese en la actividad, en caso de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. Dicha prestación económica será el equivalente al 100% de la base reguladora de su salario.
Existen distinciones entre nacimiento, adopción o acogimiento. En caso de nacimiento, el permiso de paternidad deberá solicitarlo el otro progenitor, ya que la madre disfrutará su permiso de maternidad. En caso de adopción o acogimiento, y cuando los dos progenitores trabajan, tendrán que decidir cuál de ellos solicita el permiso de paternidad.
Para poder solicitar el permiso de paternidad se deben cumplir los siguientes requisitos
- Estar afiliados y de alta en la Seguridad Social y
- Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del periodo de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a dicha fecha.
Esta ampliación se produce después de varios aplazamientos que han ido sucediendo desde su aparición en la Ley de Igualdad de 2011.